Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 4004 de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908945
MateriaDerecho Penal,Penal

En los casos en que al acusado se le considera responsable del delito de asalto, así como de un diverso ilícito, de acuerdo con el artículo 243 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, además de la sanción que de acuerdo al grado de temibilidad le corresponda por el delito de asalto, deberá imponérsele la sanción que se establezca en el precepto legal que castigue el diverso ilícito que cometió; es decir, en estos casos la norma que regula la sanción por el delito de asalto expresamente excluye la aplicación del artículo 61 del citado código, que establece la sanción para el concurso de delitos, sea real o...

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