Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3936 de Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908877
MateriaPenal

A.J. de primera instancia corresponde verificar, mediante fe judicial, la notabilidad de la cicatriz causada por la lesión. Por tanto, si dicha verificación nunca se llevó a efecto, no fue probada plenamente con el dictamen definitivo clasificativo de la lesión que se rinda, para poder aplicar al procesado la pena agravada a que se refiere el artículo 262 del Código Penal de Jalisco.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 5/82.-V.R.F. de...

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