Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3930 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908871
MateriaDerecho Procesal,Penal

El delito de fraude cometido mediante el cobro de cheques con firmas falsificadas no afecta al patrimonio de los cuentahabientes, sino el de las instituciones bancarias, quienes, por esta razón tienen el carácter de ofendidas por el delito, lo que les permite intervenir en el procedimiento penal. En esa virtud, para considerar como ofendido al banco no se requiere de prueba de que la institución pagó a los cuentahabientes las cantidades que en forma ilegítima fueron cargadas a sus cuentas. Por el contrario, la naturaleza jurídica del depósito a la vista o en cuenta corriente, permite establecer que en los casos como el que se estudia, son los bancos depositarios quienes directa e inmediatamente resultan perjudicados en su patrimonio. Como consecuencia de aquella operación mercantil, las instituciones bancarias adquieren la propiedad del dinero depositado y se obligan, por su parte, a devolverlo total o parcialmente, en el momento en que así lo solicite el depositante. El numerario tiene, pues, en estos casos, naturaleza...

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