Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Septimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3907 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908848
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal,Penal

Es evidente que la garantía individual tutelada por el artículo 20, fracción IV de la Carta Magna es, por su naturaleza jurídica, un derecho fundamental a la defensa que tiene todo inculpado de conocer a las personas que depongan en su contra, esto es, de que se le presenten cara a cara a fin de estar en posibilidad de refutarles sus imputaciones y de interrogarlos, siendo pertinente agregar que en atención a la esencia misma del careo de que se habla es claro que no es dable que sea practicado en forma supletoria.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

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