Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3868 de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908809
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Penal

Para que se configure el ilícito de poner en circulación en nuestro país billetes de banco falsos procedentes del extranjero, previsto en el artículo 238, fracción IV, segundo párrafo, del Código Penal Federal, es menester que se acredite la actitud dolosa del agente, esto es, que tenía conocimiento de la falsificación de esos billetes, ya que ésta no debe presumirse, atento la circunstancia de que la misma no puede ser apreciada por el común de las personas y menos aún por alguien de escasa preparación.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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