Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Septimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3714 de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908655
MateriaDerecho Penal,Derecho Constitucional,Penal

Las disposiciones a las que se contrae el párrafo segundo del artículo 4o. del Código Penal para el Estado -que estatuye que cuando pronunciada una sentencia en que se hubiese impuesto una sanción privativa de libertad se dictare una ley que dejando subsistente la sanción señalada al delito sólo disminuya su duración, si el sancionado lo pidiere se reducirá la sanción impuesta en la misma proporción en que estén el máximo de la fijada en la ley anterior y el que señala la ley posterior-, rigen para las autoridades de instancia y no para los órganos de control de la constitucionalidad a quienes, por tanto, no puede pedírseles que las apliquen directamente.


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