Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3710 de Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908651
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Penal

De conformidad con el texto del artículo 219 del Código Penal vigente en el Estado de Querétaro, los elementos que conforman el cuerpo de dicha figura delictiva, son: a) la portación, fabricación, importación o acopio de un instrumento; b) que esa conducta se realice sin un fin lícito; y, c) que dicho instrumento sólo pueda ser utilizado para agredir y que no tenga aplicación en actividades laborales o recreativas. Para dar una adecuada interpretación del artículo referido, debe entenderse que el sujeto activo comete ese ilícito, cuando porte un instrumento que asegura utilizar en sus actividades laborales, si tal portación ocurre fuera del horario y ámbito de trabajo, y en un lugar en donde estuvo durante todo el día ingiriendo bebidas embriagantes, pues, en tal caso, ningún motivo o fin lícito tendría el que lo trajera consigo, ya que por las...

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