Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3700 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908641
MateriaDerecho Penal,Penal

El hecho de portar un arma de las que expresamente la nación las reserva para uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, sin la autorización oficial correspondiente, obviamente configura el delito que prevé el artículo 83, fracción III, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, aun cuando quien la porte la lleve desarmada y cubierta, puesto que con ese proceder se puso en peligro la seguridad pública, bien jurídico tutelado por el precepto legal en cita.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 487/90.-Ó.P.F...

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