Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Septimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3652 de Segundo Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908593
MateriaDerecho Procesal,Penal

Si la Sala suple indebidamente la deficiencia de los agravios del Ministerio Público para revocar una sentencia absolutoria, estimándolos fundados con base en las consideraciones hechas al dictar su sentencia, sin haber sido señaladas en los agravios, con su proceder la responsable conculca las garantías individuales consagradas por los artículos 14 y 16 constitucionales; pues la apelación en materia penal, no somete al superior más que a los hechos ofrecidos en la primera instancia y dentro de los límites marcados en los agravios cuando el apelante es el Ministerio Público.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO...

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