Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3569 de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908510
MateriaDerecho Procesal,Penal

Es cierto que al tribunal de apelación corresponde el deber legal de suplir la deficiencia de los agravios, pero tal obligación requiere, como presupuesto lógico, la existencia de un agravio. Cabe agregar que, el deber de resolver sobre los agravios que se expresaren en contra de la sentencia apelada y de suplir su deficiencia, en su caso, no implica la obligación de examinar los alegatos formulados ante el Juez, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 309 del Código de...

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