Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3564 de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908505
MateriaDerecho Procesal,Penal

Como la legislación adjetiva penal para el Estado de México consagra en el artículo 314, el principio de que el tribunal de apelación podrá suplir la deficiencia de los agravios cuando el recurrente sea el procesado, y como además en una cabal administración de justicia debe tenerse a la omisión de expresión de agravios como una deficiencia máxima que deja en estado de indefensión al sentenciado, el tribunal de apelación está obligado ante la omisión de agravios del sentenciado a realizar el estudio de la comprobación del...

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