Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3537 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908478
MateriaDerecho Penal,Penal

Conforme al artículo 287 del Código Penal del Estado de Tamaulipas para que se integre el delito de adulterio, se requiere: 1. La existencia de la unión matrimonial; 2. Que uno de los cónyuges tenga cópula carnal con persona ajena al vínculo matrimonial; y, 3. Que tal evento tenga lugar en el domicilio conyugal. Lo anterior pone de manifiesto que no basta para la configuración del injusto penal en estudio, que exista ayuntamiento sexual entre uno de los cónyuges con persona distinta, sino que se revela como elemento condicionante, que esa conducta se ejecute precisamente en el lugar que constituye el citado domicilio conyugal.


SEGUNDO...

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