Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 3460 de Tribunal Colegiado del Quinto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro908401
MateriaDerecho Penal,Penal

No es de subsumirse el delito de lesiones en el de abusos deshonestos, dado que este delito se consuma cuando alguien, sin consentimiento de una persona púber o impúber o con el consentimiento de esta última, ejecuta en ella un acto erótico sin el propósito directo de llegar a la cópula, según se define en el artículo 209 del Código Penal de Sonora, indicando en su segundo párrafo la pena que debe aplicarse en caso de que se haga uso de la violencia física o moral. Luego entonces, si los actos eróticos causan lesiones, con ello se consuma el diverso delito de ese nombre...

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