Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro818236
MateriaDerecho Civil,Derecho Constitucional,Civil

No todos los bienes que adquiere alguno de los consortes durante la sociedad legal, ingresan a ésta, sino únicamente aquellos que señalan los artículos 220 y 221 del Código Civil para el Estado de Jalisco. Entonces, para acreditar que el inmueble de cuya afectación se duele el interesado pertenece a la sociedad legal, no es suficiente que haya demostrado por una parte, la existencia del lazo matrimonial contraído en relación con los bienes, bajo el regimen de sociedad legal y, por la otra, que el bien raíz de que se trata fue obtenido por su cónyuge precisamente durante la vigencia del mismo, sino que también es menester probar que ese bien es de aquellos a que se refieren los dos...

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