Tesis Aislada, , 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 8 de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Septimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro812386
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

NULIDAD DE ACTUACIONES, AMPARO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN LOS INCIDENTES DE.

El artículo 159, fracción V de la Ley de Amparo, establece que se considerarán violadas las leyes del procedimiento y que se afectan las defensas del quejoso, en los juicios seguidos ante tribunales civiles, administrativos o del trabajo, cuando se resuelva ilegalmente un incidente de nulidad; y el artículo 114, fracción IV, del mismo ordenamiento, consigna que el amparo se pedirá ante el Juez de Distrito, contra actos en el juicio que tengan sobre las personas o las cosas una ejecución que sea de imposible reparación. Ahora bien, tratándose de actos reclamados que se refieren a resoluciones que resuelven incidentes de nulidad planteados en juicios seguidos ante tribunales civiles, administrativos o del trabajo, deben distinguirse dos situaciones: a) Que la resolución interlocutoria declare improcedente el incidente de nulidad y, por tanto, subsistentes las actuaciones o notificaciones atacadas de nulas; b) Que la interlocutoria determine que es fundado tal incidente y declare la nulidad de las actuaciones impugnadas. Una vez precisado lo anterior, debe decirse que la interlocutoria que resuelve un incidente de nulidad sólo constituye violación a la ley del procedimiento atacable en amparo directo, cuando tiene carácter declarativo, esto es, en la primera de las hipótesis citadas, cuando se...

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