Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 15 de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro812282
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

De las disposiciones relativas del Código Civil de la entidad, se colige que la prescripción positiva en manera alguna puede darse en favor del propietario de un inmueble, en tanto que la acción correspondiente sólo le es dable a quien haya poseído bienes inmuebles con las condiciones (artículo 1148) y por el término (artículo 1149) al efecto establecidos, y tiene por objeto que se declare que la prescripción se ha consumado y que el poseedor ha adquirido, por ende, la propiedad (artículo 1153), cuyo título será la sentencia ejecutoria relativa inscrita en el Registro Público (artículo 1154). En consecuencia, si quien intenta la acción reconvencional sobre prescripción adquisitiva de un inmueble, alega ser el propietario de éste, allegando además las pruebas con las que pretende demostrar ese extremo, debe estimarse que dicha acción de prescripción positiva resulta improcedente.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 42/88. A.D. viuda de C.. 16 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J.A.H.M.. Secretario: C.R.D.A..

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