Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 17 de Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro812182
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

El que Aeronaves de México haya sido declarada en quiebra por un Juez Concursal, no implica que por ello éste deba conocer de la liquidación de jubilación reclamada por la parte actora, pues aunque tal concepto no se contemple por los artículos 113 y 114 de la Ley Federal del Trabajo, tal prestación sí es de carácter eminentemente laboral, en razón de que deriva del Contrato Colectivo de Trabajo y se encuentra previsto dentro de los supuestos del numeral 123, apartado "A" fracción XXXI inciso b) constitucional y 527 fracción II de la ley laboral, por lo que en base a todo ello a quien compete conocer de la controversia, sin duda es la Junta y no a aquella autoridad judicial. Y la resolución del Juez de Distrito que niegue el amparo, contra las prestaciones de...

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