Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 8 de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro812082
MateriaDerecho Procesal,Civil

Supuesto que el legislador no señaló en forma expresa en el Código de Procedimientos Civiles del Estado que la caducidad de la instancia se inicia a partir del emplazamiento, y además, tampoco estableció en forma concreta la procedencia o improcedencia de la caducidad en casos de litis-consorcio pasivo cuando uno de los demandados fue emplazado y los otros no es necesario decidir sobre el particular con base a que nos encontramos frente a una sanción procesal que opera tanto para la parte actora como la demandada se actualiza por el transcurso del tiempo. Luego entonces, cuando exista litis-consorcio, o sea, cuando hay varios actores o varios demandados, o conjuntamente varios demandantes y varios demandados, la caducidad es indivisible dado que el acto procesal realizado por uno de los litis-consortes para interrumpirla no solo favorece a él sino también a los demás y la caducidad que hace valer uno de los litis consortes favorece a los otros. En consecuencia, en los casos en que exista una actora en el juicio civil origen del conflicto es claro que...

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