Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 18 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro811988
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Civil

Las diligencias de notificación judicial para dar por terminado un contrato de arrendamiento, por su propia naturaleza, no pueden tornarse contenciosas, al no haber negocio sobre el cual recaiga el litigio respectivo, lo que sí puede ocurrir, por ejemplo, en las informaciones ad perpetuam, en la declaración de estado de minoridad, etcétera, que también se tramita en la vía de jurisdicción voluntaria. Entonces, resulta improcedente el amparo indirecto que se promueva contra actos dictados en las diligencias de notificación de referencia, toda vez que tales actos no dejan sin defensa a la promovente de la demanda de garantías, puesto que, una vez hecha la notificación de que se trata, lo cual ya aconteció, se agota el objeto de aquellas diligencias, y todos los derechos que pudiere tener a su...

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