Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 14 de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro811985
MateriaDerecho Procesal,Civil

El artículo 35 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, dispone que el endosatario en procuración tiene facultades para cobrar el documento, judicial o extrajudicialmente, y tiene los derechos y obligaciones de un mandatario. Ahora bien, el cobro judicial no se logra con el solo dictado de una sentencia condenatoria, sino que, en la generalidad de los casos, es menester su ejecución forzosa, que consiste en la venta, en subasta pública, del bien embargado. Por tanto, es lógico inferir que el endosatario en procuración tiene poder bastante...

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