Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 1 de Julio de 2005 (Tesis num. II.2o.P.175 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 01-07-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.P.175 P
Fecha de publicación01 Julio 2005
Fecha01 Julio 2005
Número de registro177920
MateriaDerecho Penal,Penal

De la interpretación sistemática de los numerales 60, 62, 237, fracciones I y II y 240 del Código Penal para el Estado de México, se obtiene como regla general, que el delito de lesiones previsto en las fracciones I y II del invocado numeral 237, independientemente de su naturaleza dolosa o culposa, son perseguibles a instancia de parte ofendida, pues la ley no hace distinción alguna. Asimismo se obtiene que en el artículo 62, el legislador estableció un caso de excepción en la imposición de la pena a los conductores de vehículos de motor que de manera culposa originan algún resultado de los que se precisan en sus tres fracciones, siempre y cuando no se hubieren encontrado en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas u otras sustancias, precisando que en esos casos se les sancionará únicamente con la pena pecuniaria prevista en el diverso artículo 60 del mismo ordenamiento. También, continuando con la tendencia de privilegiar a los responsables de las conductas culposas que ahí se describen, estableció que los delitos se perseguirían a petición del ofendido. De tal manera que el estado de ebriedad o la intoxicación por drogas o sustancias análogas, en que se encuentre el activo al momento del evento, sólo impide que, al producirse alguno de los resultados que describe el numeral 62, no se le privilegie imponiéndole como pena únicamente la pecuniaria prevista en el artículo 60, sino en todo caso, ambas, es decir, la pecuniaria y la privativa de libertad. De tal manera que, si en un caso concreto en virtud de la conducta imprudente del activo se causaron lesiones a una persona clasificadas pericialmente como de las previstas en la fracción II del artículo 237 del código punitivo estatal, y durante el proceso penal ésta...

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