Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro229042
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

Aunque de acuerdo con el criterio sustentado por este Tribunal Colegiado de Circuito, en la tesis pendiente de publicación, con el rubro: "Recursos administrativos". Sólo es obligatorio agotarlo en forma previa al juicio de nulidad cuando se encuentren establecidos en leyes, el Tribunal Fiscal comete en contra de la quejosa una violación manifiesta de la ley que la ha dejado sin defensa, si la obliga a agotar en contra de la resolución sancionadora, el recurso previsto en el Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (El Tribunal Colegiado aplica lo dispuesto en el artículo 76 Bis, fracción VI, de la Ley de Amparo.). Para que el agotamiento de un recurso sea obligatorio, es condición indispensable que el mismo se encuentre establecido en una ley y no únicamente en un reglamento de ejecución; cabe decir que dicho criterio no debe regir en los casos que, como en el presente, el quejoso interpuso simultáneamente el juicio de nulidad y el recurso de inconformidad previsto en el artículo 226 del Reglamento de Higiene del Trabajo, en contra de la multa que le fue impuesta por violación a diversas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo y del...

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