Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro229534
MateriaDerecho Civil,Civil

Si la actora demanda la desocupación por terminación del contrato de arrendamiento y prueba su acción en el juicio, es claro que conforme a lo dispuesto por los artículos 1446 y 2294 del Código Civil del Estado de Puebla, sólo puede reclamar el pago de las rentas por el monto estipulado en el contrato, que se causen hasta que se le restituya el bien arrendado, mas no puede reclamar que tales rentas se le paguen con los aumentos anuales a que se refiere el artículo 2323 del código invocado, porque éstos sólo operan en el caso de la prórroga del contrato (y cuando el arrendador decida hacer uso del derecho que tal precepto le...

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