Tesis Aislada, , 1 de Enero de 1991 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Sexto Circuito, 01-01-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1991
Fecha01 Enero 1991
Número de registro223894
MateriaDerecho Procesal,Civil

Conforme a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Arancelaria para el cobro de honorarios de abogados y notarios del Estado de Guanajuato, para la aplicación del arancel respectivo, a efecto de regular los honorarios devengados en un caso particular, la autoridad judicial debe atender conjuntamente a los factores establecidos por el legislador en el precepto invocado, esto es, a la costumbre del lugar de prestación de los servicios profesionales, a la importancia de los trabajos prestados y a la del asunto o caso en que se prestaron, a las condiciones pecuniarias del que recibe el...

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