Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito, 1 de Febrero de 1992 (Tesis de Cuarto Tribunal Colegiado del Septimo Circuito, 01-02-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Febrero 1992
Fecha01 Febrero 1992
Número de registro220534
MateriaPenal

El artículo 268 del Código Penal del Estado de Veracruz, que prevé y sanciona el delito de "falsedad ante la autoridad", en su última parte, dice: "Lo previsto en este artículo no es aplicable al que tenga el carácter de inculpado". Ahora bien, tal carácter nace en el momento mismo en que el individuo a quien le pueda resultar una responsabilidad de consecuencias punibles, es detenido y llevado a declarar ante el Ministerio Público en la etapa de averiguación previa, y no por el hecho de que sea protestado y exhortado para conducirse con verdad al declarar pierde esa característica, como tampoco esa circunstancia implica que sea compelido a deponer en su contra, con infracción a lo dispuesto por el artículo 20, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en consecuencia, si...

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