Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Noviembre de 1994 (Tesis num. I. 4o. A. 768 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-11-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI. 4o. A. 768 A
Fecha de publicación01 Noviembre 1994
Fecha01 Noviembre 1994
Número de registro209993
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

Los artículos 107, fracción V, de la Constitución Federal; 44, 46 y 158 de la Ley de Amparo; 44, fracción I, inciso b) y 45, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen y regulan la procedencia del juicio de amparo directo ante los Tribunales Colegiados de Circuito, entre otros motivos disponen que esta vía será procedente "contra resoluciones que pongan fin al juicio" dictados por Tribunales judiciales, administrativos o del trabajo; por tanto, si el acto reclamado proviene del recurso de queja que crea el artículo 239 TER del Código Fiscal de la Federación, por considerar que la autoridad demandada en el juicio de nulidad se niega a cumplir con la sentencia emitida por una Sala del Tribunal Fiscal Federal. Este Tribunal Colegiado carece de competencia legal para conocer del juicio por no encuadrar en las hipótesis normativas que aluden los preceptos invocados; por lo mismo procede se remitan los autos al juez de Distrito en materia...

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