Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Agosto de 1995 (Tesis num. XI.2o.9 C de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito, 01-08-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXI.2o.9 C
Fecha de publicación01 Agosto 1995
Fecha01 Agosto 1995
Número de registro204550
MateriaDerecho Civil,Civil

Al matrimonio de extranjeros contraído fuera del país no le es aplicable la sanción prevista en el artículo 157 del Código Civil del Estado de Michoacán, relativa a que la falta de la transcripción del acta de la celebración de ese vínculo ante el Registro Civil de esta entidad federativa, no invalida el matrimonio, pero mientras no se haga, el contrato no producirá ningún efecto legal, porque esa exigencia únicamente impera para el matrimonio contraído en el extranjero entre mexicanos, o bien, entre mexicano y extranjera, o entre mexicana y extranjero, conforme a lo dispuesto en el numeral 156 del citado ordenamiento jurídico, para los supuestos previstos en los cuatro artículos próximos anteriores a ese, en los cuales no se encuentra incluido el precepto 151, de acuerdo al cual el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR