Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Mayo de 1995 (Tesis num. VI.2o.2 L de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-05-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.2 L
Fecha de publicación01 Mayo 1995
Fecha01 Mayo 1995
Número de registro205270
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Si durante la etapa de ejecución del laudo pronunciado en el procedimiento laboral de origen, el tercerista ahora quejoso, consintió expresamente en el embargo sobre un bien que alega es de su propiedad, para garantizar la condena decretada en contra de la empresa demandada en aquel juicio laboral, no es admisible el ejercicio de la acción de tercería excluyente de dominio respecto del bien embargado, en atención al principio general de derecho conforme al cual nadie puede volverse contra sus propios actos, mismo que es aplicable en materia laboral de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, pues no puede ser lícito que interponga la tercería quien consintió de manera expresa en la constitución del gravamen sobre un bien de su propiedad, como garantía de la obligación a cargo de la empresa demandada, pues de lo contrario se haría nugatorio el diverso principio de probidad y buena fe que debe regir en el procedimiento laboral, obligando a la parte que obtuvo laudo favorable, a continuar el procedimiento de ejecución por todos sus trámites, para que antes de la adjudicación del bien embargado el tercerista pudiera liberarlo mediante la interposición de la tercería excluyente de dominio.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR