Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. IV.3o.182 L de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | IV.3o.182 L |
Fecha de publicación | 01 Febrero 1995 |
Fecha | 01 Febrero 1995 |
Número de registro | 208363 |
Materia | Derecho Procesal,Laboral |
El artículo 878 en sus fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo, prevé por una sola ocasión la modificación de la demanda, por lo cual si ésta se vuelve a modificar en la audiencia que se programó para que el demandado pudiera dar contestación a una modificación anterior, es claro que esta nueva aclaración o modificación se encuentra fuera de tiempo, pues debió hacerse en la primera oportunidad que tuvo para modificar o ratificar su escrito inicial, ya que de otro modo, la audiencia de demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas se podría diferir indefinidamente por cuanta aclaración se presentase, lo que no permite el precepto mencionado, ya que razona claramente, que cuando el trabajador no cumpliere los requisitos omitidos o no subsanare las irregularidades que se le hayan indicado en el planteamiento de las adiciones a la demanda, la Junta lo prevendrá para que lo haga en ese momento, lo que conlleva su exacto cumplimiento.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Amparo directo 499/94. J.G.E.. 13 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: R.B.P.. Secretaria: G.F.C..
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 70/2007-SS resuelta por la...
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-05-2007 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 70/2007-SS )
...208,363, tesis aislada, materia(s): Laboral, Octava Época, Instancia: Tribunales, Fuente: Semanario Judicial, XV-II, febrero de 1995, tesis: IV.3o.182L, página: 308: “DEMANDA. MODIFICACIÓN O ACLARACIÓN DE LA. MOMENTO OPORTUNO PARA HACERLO. El artículo 878 en sus fracciones I y II de la Ley ......