Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. I.3o.C.756 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.756 C
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro209288
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Civil

No puede admitirse que un endoso en procuración puesto en un título de crédito (pagaré) que tiene la leyenda "no negociable", sea nulo, cuando la beneficiaria de ese título es la misma que la actora, aun cuando ésta promueva por conducto de sus endosatarios en procuración, porque el endoso en procuración no transmite la propiedad del documento sino únicamente da facultad al endosatario para presentar el documento para su cobro judicial o extrajudicialmente; y si bien el alcance jurídico de la expresión "no negociable", es de que sólo la persona designada puede ejercitar el derecho que en el mismo consigna estando en posibilidad de transferir el título, sólo en la forma y con los efectos de cesión ordinaria; sin embargo este concepto sólo es aplicable cuando el beneficiario de un...

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