Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Diciembre de 1997 (Tesis num. IV.5o.4 C de Quinto Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-12-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.5o.4 C
Fecha de publicación01 Diciembre 1997
Fecha01 Diciembre 1997
Número de registro197347
MateriaDerecho Procesal,Civil

De acuerdo con el artículo primero transitorio del decreto de reformas al Código de Comercio y otros ordenamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 24 de mayo de 1996, las reformas previstas en el artículo tercero de dicho decreto (que incluye los artículos 1336, 1348 y 1356 del Código de Comercio) no serán aplicables a persona alguna que tenga contratados créditos con anterioridad a la entrada en vigor del mencionado decreto, por lo que si la resolución reclamada emana de un conflicto relacionado con un contrato de apertura de crédito celebrado con anterioridad a aquél, es claro que no son aplicables las disposiciones contenidas en dicho decreto, sino las normas que se encontraban en vigor antes de la publicación del ordenamiento modificatorio. Partiendo de esa premisa, cabe estimar que si en apego al artículo 1348 del Código de Comercio, anterior a las reformas, contra la resolución que se dicte en sus términos "no habrá sino el recurso de responsabilidad", resulta improcedente el recurso de...

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