Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Agosto de 1997 (Tesis num. IV.4o.2 K de Cuarto Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-08-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.4o.2 K
Fecha de publicación01 Agosto 1997
Fecha01 Agosto 1997
Número de registro197951
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Común

Es distinto el concepto de imposible reparación a que se refiere la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Amparo, y el de condición de definitividad de una resolución, a que alude la fracción XIII del artículo 73 del mismo ordenamiento, pues mientras que aquel concepto deriva de que el acto de que se trate afecte los derechos sustantivos del quejoso, lo que caracteriza a una resolución definitiva es la circunstancia de que no existan ya recursos ordinarios conforme a los cuales pueda ser revocada, modificada o nulificada. De ahí que aun tratándose de un acto de imposible reparación, resulte indispensable agotar los recursos ordinarios que la ley contemple, antes de acudir al amparo.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo en...

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