Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Agosto de 1997 (Tesis num. II.2o.C.T.26 K de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito, 01-08-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.C.T.26 K
Fecha de publicación01 Agosto 1997
Fecha01 Agosto 1997
Número de registro198028
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Cuando el acto reclamado lo notificó el actuario en una fecha, y posteriormente, de propia voluntad, lo vuelve a notificar en fecha diversa, para determinar si la demanda de amparo fue presentada, oportunamente debe tomarse la fecha de la primera notificación, pues es la correcta, ya que el actuario no tiene facultades, por sí mismo, para hacer una segunda notificación y, por ello, ésta no puede servir de base para computar el término para ejercitar la acción constitucional.


SEGUNDO TRIBUNAL...

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