Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Junio de 1997 (Tesis num. II.2o.C.T.44 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito, 01-06-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.C.T.44 C
Fecha de publicación01 Junio 1997
Fecha01 Junio 1997
Número de registro198555
MateriaDerecho Procesal,Civil

De conformidad con el artículo 1054 del Código de Comercio, la aplicación supletoria de la legislación local en los juicios mercantiles, no debe entenderse de un modo absoluto, sino con las restricciones que el propio numeral señala. Lo anterior, porque sólo procede en defecto de las normas del Código de Comercio, y únicamente respecto de aquellas instituciones establecidas por dicho ordenamiento, pero no reglamentadas, o reglamentadas en forma deficiente. Por consecuencia, si las excepciones se encuentran reguladas adecuadamente en ese cuerpo normativo, es lógico y jurídico concluir que, en tal aspecto, no existe la citada supletoriedad, en razón de que la legislación mercantil cuenta con un apartado específico en esa materia. Así, de conformidad con el artículo 1399 del Código de Comercio, en relación con el 8o. de la Ley General de Títulos y...

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