Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 1 de Octubre de 1998 (Tesis num. IX.1o.29 C de Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 01-10-1998 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | IX.1o.29 C |
Fecha de publicación | 01 Octubre 1998 |
Fecha | 01 Octubre 1998 |
Número de registro | 195377 |
Materia | Derecho Procesal,Civil |
Debe estimarse de fecha cierta y apto para acreditar el interés jurídico de la quejosa, el contrato privado de compraventa, mediante el cual ésta y otra persona adquirieron el predio embargado, si está acreditado en autos que el diverso comprador falleció y las partes no objetaron el documento.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Amparo en revisión 138/98. P.E.V.. de A., por sí y como albacea de la sucesión testamentaria a bienes de P.A.R.. 28 de mayo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: E.A.N.. Secretario: R.S.H..
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 103/98-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 33/2003, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta...
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...falleció y las partes no objetaron el documento." (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., octubre de 1998, tesis IX.1o.29 C, página Hecha esta relación, procede analizar ahora si se dan los supuestos para que exista contradicción de criterios y, en su caso, det......