Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 1 de Octubre de 1999 (Tesis num. II.A.86 A de Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-10-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.A.86 A
Fecha de publicación01 Octubre 1999
Fecha01 Octubre 1999
Número de registro193152
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

De conformidad a lo dispuesto por el artículo 241, fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, el documento para acreditar la personalidad de quien promueve a nombre de otro, debe acompañarse al escrito inicial de demanda y por tanto, resulta indebido, que se tenga por reconocida en segunda instancia, no obstante que haya existido requerimiento para que la acreditara y se hubiera tenido por precluido su derecho, al hacerse efectivo el apercibimiento decretado en ese sentido.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA...

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