Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Agosto de 1999 (Tesis num. IV.1o.A.T.10 K de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-08-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.1o.A.T.10 K
Fecha de publicación01 Agosto 1999
Fecha01 Agosto 1999
Número de registro193544
MateriaDerecho Procesal,Común

Acorde al artículo 73, fracción XII, tercer párrafo de la Ley de Amparo, existe una excepción al principio de definitividad, cuando el acto reclamado consiste en una ley que se estima inconstitucional, pues en este caso cuando contra el primer acto de aplicación proceda algún recurso o medio de defensa legal por virtud del cual pueda ser modificado, revocado o nulificado, será optativo para el particular hacerlo valer o impugnarlo en juicio de amparo. Así que, si en la especie, el Juez de Distrito desechó la demanda de garantías apoyándose en la circunstancia de que el quejoso debió de agotar el recurso de inconformidad previsto por el artículo 294 de la Ley del Seguro Social, la determinación del juzgador de amparo carece de fundamento y motivación, en razón de que en el caso a estudio se impugnó la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Ley del Seguro Social, y por ende, tendrá el quejoso el albedrío de hacer valer el recurso ordinario o acudir al juicio...

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