Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Enero de 1999 (Tesis num. I.1o.T.107 L de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-01-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.T.107 L
Fecha de publicación01 Enero 1999
Fecha01 Enero 1999
Número de registro194691
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

La determinación del Juez Federal de dejar insubsistente la audiencia constitucional con el fin de recabar oficiosamente las pruebas, en los términos del último párrafo del artículo 78 de la Ley de Amparo, es contraria a las normas fundamentales que rigen el procedimiento en el juicio de amparo, establecidas por el artículo 155 de la Ley Reglamentaria de los preceptos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque en ninguna de ellas se autoriza que antes del dictado de la resolución se declare insubsistente, puesto que el momento procesal oportuno para allegarse las pruebas a que se contrae el artículo 78 del ordenamiento antes citado, debe ser antes de celebrar la mencionada...

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