Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Julio de 2000 (Tesis num. II.T.156 L de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 01-07-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.T.156 L
Fecha de publicación01 Julio 2000
Fecha01 Julio 2000
Número de registro191592
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

El reconocimiento de la personalidad del apoderado de la demandada, en el expediente paraprocesal, vinculado con el aviso rescisorio, no es impugnable a través del incidente establecido en la fracción III del artículo 762 de la Ley Federal del Trabajo, porque esa incidencia y las demás previstas en los artículos 761 al 770, del propio ordenamiento, salvo los casos previstos, deben interponerse en el curso del procedimiento principal; en cambio, la jurisdicción voluntaria, regulada en sus numerales 982 al 991, se tramita en los asuntos en los cuales no existe controversia y se limita a practicar las diligencias solicitadas. En ese contexto, como dicho acto sólo tiene por objeto comunicar la ruptura, no procede la incidencia mencionada, ni algún recurso, atento a lo consignado en el diverso...

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