Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Junio de 2000 (Tesis num. I.6o.T.73 L de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-06-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.T.73 L
Fecha de publicación01 Junio 2000
Fecha01 Junio 2000
Número de registro191710
MateriaDerecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

La acción de preferencia de derechos surge de la sola circunstancia de que su titular considere encontrarse en alguno de los casos a que se refiere el artículo 154 de la Ley Federal del Trabajo; por tanto, lo que motiva el ejercicio de la acción de preferencia es la postergación de ese derecho cuando exista un puesto de nueva creación o una vacante, que previamente se haya formulado la solicitud respectiva para ocupar el puesto y que demuestre tener mejor y preferente derecho para ocuparlo; en tanto que la acción de prórroga tiene su fundamento de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 35, 37 y 39 de la Ley Federal del Trabajo, debido a la subsistencia de la materia de trabajo que originó la relación laboral por tiempo determinado; por tanto, el cómputo sólo puede concluir al vencimiento del término pactado, cuando se ha agotado la causa que dio origen a la contratación, misma que debe ser indicada expresamente, o bien que se justifique la terminación de dicho contrato al llegar la fecha en él señalada, porque la obligación patronal correlativa del derecho establecido en el artículo 39 de la ley en cita, en caso de prevalecer la causa que dio origen a la contratación, es la de prorrogar dicho contrato por todo el tiempo que subsista la materia de trabajo. Tan son diferentes las acciones que el fundamento y consecuencias del mismo también lo son, y por ello las defensas y excepciones que en su caso se opongan también deben contemplar aspectos diversos, de ahí que si el actor en un principio demandó la declaración de preferencia de derechos y con posterioridad la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR