Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Junio de 2000 (Tesis num. I.10o.T.29 L de Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-06-2000 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.10o.T.29 L |
Fecha de publicación | 01 Junio 2000 |
Fecha | 01 Junio 2000 |
Número de registro | 191748 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Laboral |
Si al quejoso se le requiere y entrega los elementos y recursos materiales con los que cuenta para el desarrollo del trabajo que tiene encomendado, con ello se le impide continuar con sus labores para las que fue contratado; por lo tanto, se está en presencia de un despido injustificado tácito, porque basta con que el patrón impida por cualquier medio que el trabajador ejercite el trabajo para el que fue contratado, para considerar tal situación como un verdadero despido, sin que se requiera la manifestación expresa del despido.
DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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