Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2000 (Tesis num. I.3o.C.173 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-05-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.C.173 C
Fecha de publicación01 Mayo 2000
Fecha01 Mayo 2000
Número de registro191851
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

El artículo 962 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y tres, contempla una medida precautoria de carácter privilegiado en las controversias de arrendamiento inmobiliario, en virtud de que concede al arrendador la facultad de solicitar a la autoridad judicial que se embarguen bienes propiedad del arrendatario, a efecto de que garantice el pago de las rentas adeudadas en caso de que no acredite con los recibos de renta o escritos de consignación, que se encuentra al corriente en el pago de las rentas, y en tal sentido resulta aplicable lo dispuesto por el artículo 252 del mismo ordenamiento, que en lo conducente dice: "La persona contra quien se haya dictado una providencia precautoria, puede reclamarla en cualquier tiempo, pero antes de la sentencia ejecutoria ...", y si el inquilino promueve incidente con el objeto de dejar sin efecto la providencia precautoria ordenada en la admisión de demanda, cuando...

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