Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2000 (Tesis num. I.3o.C.173 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-05-2000 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.3o.C.173 C |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2000 |
Fecha | 01 Mayo 2000 |
Número de registro | 191851 |
Materia | Derecho Civil,Derecho Procesal,Civil |
El artículo 962 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y tres, contempla una medida precautoria de carácter privilegiado en las controversias de arrendamiento inmobiliario, en virtud de que concede al arrendador la facultad de solicitar a la autoridad judicial que se embarguen bienes propiedad del arrendatario, a efecto de que garantice el pago de las rentas adeudadas en caso de que no acredite con los recibos de renta o escritos de consignación, que se encuentra al corriente en el pago de las rentas, y en tal sentido resulta aplicable lo dispuesto por el artículo 252 del mismo ordenamiento, que en lo conducente dice: "La persona contra quien se haya dictado una providencia precautoria, puede reclamarla en cualquier tiempo, pero antes de la sentencia ejecutoria ...", y si el inquilino promueve incidente con el objeto de dejar sin efecto la providencia precautoria ordenada en la admisión de demanda, cuando...
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Sentencia con número de expediente 1017/2023. Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna, 2023-08-09
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