Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Abril de 2000 (Tesis num. IV.2o.A.T.48 A de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-04-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.2o.A.T.48 A
Fecha de publicación01 Abril 2000
Fecha01 Abril 2000
Número de registro191998
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

El artículo segundo transitorio del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, en vigor hasta el tres de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, establece que los asuntos que se refieran a actos o resoluciones emitidos por alguna de las unidades administrativas de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y su reglamento, se tramitarán, resolverán, defenderán y, en general, serán competencia de la unidad administrativa del Servicio de Administración Tributaria que tenga para esos efectos atribuciones iguales a las que hubieren sido otorgadas a las autoridades primeramente citadas, conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de septiembre de mil novecientos noventa y seis, y reformado mediante decreto publicado en el mismo diario el veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y seis. Por tanto, si la autoridad demandada que actualmente emitió el crédito fiscal impugnado, tiene la misma facultad de comprobación que le correspondía a la autoridad que inició el procedimiento administrativo de fiscalización, con anterioridad a la creación de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y su reglamento, tal circunstancia es suficiente para...

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