Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Abril de 2000 (Tesis num. I.10o.T.17 L de Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-04-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.10o.T.17 L
Fecha de publicación01 Abril 2000
Fecha01 Abril 2000
Número de registro192061
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

En términos de los artículos 48, 84 y 89 de la Ley Federal del Trabajo, los salarios vencidos constituyen una prestación accesoria a la acción de reinstalación o de indemnización, puesto que se encuentran contemplados como una consecuencia inmediata y directa; por lo tanto, tiene un carácter indemnizatorio; de ahí que para su monto debe aplicarse el salario integrado que percibía el trabajador en el momento del despido, ya que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo, el monto de las indemnizaciones debe determinarse con el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización e incluirse la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84 de la citada ley.


DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 12160/98. A.Y.B.F.. 8 de marzo de...

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