Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Enero de 2000 (Tesis num. IV.3o.A.T.37 A de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-01-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.3o.A.T.37 A
Fecha de publicación01 Enero 2000
Fecha01 Enero 2000
Número de registro192550
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127, fracciones I y II, de la Ley Aduanera vigente en el año de 1995, comete las infracciones relacionadas con la importación o exportación, quien introduzca al país o extraiga de él mercancías, omitiendo el pago total o parcial de los impuestos que deban cubrirse y quien introduzca al país o extraiga de él mercancías sin permiso de autoridad competente cuando sea necesario este requisito; sin embargo, si quien pretende introducir el vehículo al país comparece voluntariamente a las oficinas de la aduana, con el objeto de tramitar un permiso de importación temporal del vehículo de su propiedad y dicho bien no traspasa los patios de la aduana porque ahí le es embargado precautoriamente al detectarse que aquélla se identifica mediante una tarjeta de residente de los Estados Unidos de América presumiblemente falsa, lo que le impide importar el vehículo al país, además, si se pretende tramitar un permiso de importación temporal, no se tiene por qué cumplir con los requisitos del artículo 25 de la Ley Aduanera vigente en 1995, por lo que no se cometen las infracciones contenidas en el primer...

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