Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 2001 (Tesis num. I.10o.T.36 L de Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-12-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.10o.T.36 L
Fecha de publicación01 Diciembre 2001
Fecha01 Diciembre 2001
Número de registro188266
MateriaDerecho Civil,Laboral

El hecho de que se le concedan vacaciones al empleado cuyo contrato de trabajo ha terminado, y dichas vacaciones comprendan un periodo que inicie cuando todavía está vigente la contratación y terminen en una fecha posterior a esa vigencia, no implica que la relación laboral haya continuado hasta la conclusión de las vacaciones, toda vez que, acorde a lo dispuesto en los artículos 76 a 81 de la Ley Federal del Trabajo, no se advierte que por el solo hecho de haber otorgado el patrón al trabajador sus vacaciones en esos términos, por ese motivo haya continuado el vínculo laboral que unía a ambos, porque, en todo caso, debe sostenerse que la relación laboral concluye al vencimiento del contrato que motivó ese vínculo.


DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 3940/2001. P.G. y Petroquímica Básica. 12 de julio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: C.B.T...

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