Tesis Aislada, Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Marzo de 2001 (Tesis num. I.12o.T.4 L de Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-03-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.12o.T.4 L
Fecha de publicación01 Marzo 2001
Fecha01 Marzo 2001
Número de registro190077
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La interpretación armónica de las fracciones I y III de la cláusula 89 del contrato colectivo de trabajo celebrado entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y su sindicato, lleva a considerar que el trabajador o trabajadora que sufra un accidente de trabajo que le produzca incapacidad parcial permanente, tendrá derecho a recibir la parte proporcional correspondiente a la indemnización, equivalente al importe de 1095 días del último salario percibido, además de 50 días por cada año completo de servicios o parte proporcional correspondiente a las fracciones de año. Esto es, que la parte proporcional con base en la cual se deben pagar los conceptos mencionados, es de acuerdo con el porcentaje de valuación que se le haya determinado, conforme a la Ley Federal del Trabajo, pues así se indica en la referida fracción III de la cláusula en cita, y...

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