Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 1 de Junio de 2002 (Tesis num. II.2o.C.354 C de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 01-06-2002 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.2o.C.354 C |
Fecha de publicación | 01 Junio 2002 |
Fecha | 01 Junio 2002 |
Número de registro | 186731 |
Materia | Derecho Procesal,Civil |
El recibo por concepto de pago de servicios profesionales, por sí, es insuficiente para demostrar la existencia del contrato de prestación de servicios profesionales, si en él no se contiene la obligación expresa de prestar en forma personal y directa cierto servicio, pues conforme a una correcta y objetiva intelección de lo establecido por el artículo 1893 del Código Civil para el Estado de México, se advierte que para la existencia de un verdadero contrato de prestación de servicios profesionales se requiere de un consentimiento expreso y un pacto respecto de la obligación de prestar personalmente y de modo directo el servicio de que se trate; luego, si solamente se ofrece como prueba de la existencia del alegado contrato un simple recibo de pago de "servicios profesionales", es válido sostener que el mencionado recibo no puede considerarse por sí como un "contrato de...
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...Materia Civil Del Segundo Circuito, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XV, Junio de 2002, Materia Civil, Tesis: II.2o.C.354 C, Página: 689, bajo el epígrafe RECIBO DE PAGO POR SERVICIOS PROFESIONALES. PARA QUE CONSTITUYA PRUEBA RESPECTO DE LA CELEBRACIÓN DEL CONT......