Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2002 (Tesis num. I.10o.T.37 L de Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-05-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.10o.T.37 L
Fecha de publicación01 Mayo 2002
Fecha01 Mayo 2002
Número de registro186945
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

El hecho de que un trabajador promueva su demanda en fecha posterior a un año de que tuvo lugar su jubilación, no es obstáculo para que la carga de probar el salario que percibió en promedio durante su último año de servicio a la empresa ferroviaria, corresponda a esta última, ya que aun cuando el artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo, en su último párrafo, señale que los documentos a que se refieren sus fracciones II, III y IV, deben conservarse durante el último año de la relación laboral y un año después de que se extinga la misma, ello no es obstáculo para que, en términos de lo que prevé el diverso artículo 784, fracción XII, y en cumplimiento al imperativo contenido en el mismo, como se advierte de la expresión "... En todo caso, corresponderá al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre: ... XII. Monto y pago del salario. ...", corresponda a la empresa demandada tal carga probatoria, porque la salvedad contenida en el último párrafo del artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo no es aplicable al caso, en virtud de que no se extinguió la relación existente entre la empresa y el actor, toda vez que aunque no existe una relación activa entre ellos, derivada de la prestación del trabajo personal subordinado por el empleado en favor de la empresa, sí hay una relación nacida de la jubilación otorgada al obrero en cumplimiento a las normas contractuales celebradas entre Ferrocarriles Nacionales de México y el sindicato de trabajadores del mismo, nexo en el que si bien la referida empresa no paga ya un salario al trabajador, sí tiene la obligación de pagar una pensión en relación con la cual tuvo que tomar como base para su pago el promedio del salario del último año de servicio y porque tiene la obligación de conservar los documentos que...

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