Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 1 de Enero de 2002 (Tesis num. II.4o.C.3 C de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, 01-01-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.4o.C.3 C
Fecha de publicación01 Enero 2002
Fecha01 Enero 2002
Número de registro188025
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

La doctrina define al causahabiente como un sucesor de los derechos de una persona, de quien ha adquirido una propiedad o un derecho, y pueden ser a título universal cuando se trate de la totalidad del patrimonio o parte alícuota de éste o a título particular, si únicamente se refiere a una cosa o cosas específicas. Para que se actualice la causahabiencia, desde el punto de vista procesal, tratándose de adquisición de inmuebles, es necesario que el adquirente de esa propiedad o derecho lo haga a sabiendas de que el bien de que se trate esté sujeto a una controversia judicial o reporte algún gravamen, lo cual puede ser de su conocimiento, si la demanda que origina la contienda o el gravamen en comento están inscritos en el Registro Público de la Propiedad, o si dicho conocimiento previo se demuestra con algún otro medio de prueba idóneo, máxime si cuando adquirió el tercero extraño a juicio el bien no reportaba ningún gravamen.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo en revisión 166/2001. M.R.R.C. y otra. 9 de octubre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: J.M.G.. Secretaria: M.E.R.R..


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 127-132, Sexta Parte...

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